Huesca: asesina a tres personas de su familia en Orós Bajo

Hace más de un siglo las cuestiones de intereses suscitaron más que un enfrentamiento entre miembros de distintas familias. Algunos de ellos se saldarían de la peor forma posible, dejando tras de sí un poso de dolor y una leyenda negra en el amplio rural español que realmente jamás se correspondió con su auténtica razón de ser. A todo ello se añadía la masiva posesión de armas de fuego por la ausencia de una reglamentación que persiguiese su tenencia ilícita. Era muy rara la casa de cualquier pueblo que no dispusiese de su propia escopeta de caza, incluso también armas cortas.
Uno de esos enfrentamientos que parecían no tener fin sería el germen de una tragedia ocurrida en el Alto Aragón, concretamente en la comarca del Alto Gállego, donde las discrepancias entre dos hermanos a causa de una supuesta deuda terminarían por llevar la sangre al río. En la pequeña localidad de Orós Bajo, perteneciente al término municipal de Biescas, la familia Orós Montes andaba a la greña desde hacía algún tiempo a consecuencia de la supuesta deuda que reclamaba Antonio a su hermano José, a quien había vendido algunas tierras que eran de su propiedad. El primero pretendía que el segundo reconociese esa deuda.
El ya lejano 8 de agosto de 1920 a primeras horas de la mañana Antonio Orós, que residía en la casa-molino de Oliván se dirigió hasta el pequeño pueblo en el que vivía su hermano, junto a su esposa y una hija de tan solo tres años de edad. Entablaron un diálogo que todo haría presagiar que no ofreció muy buenos resultados, pues Antonio regresó a su domicilio para pertrecharse con una escopeta de caza, una de las armas más clásicas de la criminalidad española.
A tiros
En su vuelta hasta Orós Bajo, debidamente armado y con ganas de dejar una trágica huella indeleble, Antonio se encontró con su hermano José, sobre quien disparó en dos ocasiones, sin que tuviese posibilidad de huir ya que defenderse era poco menos que imposible. Ambos proyectiles, mortales de necesidad, terminarían con la vida de esta primera víctima, quien fallecería al poco tiempo de resultar herido, quedando tendido sobre un gran charco de sangre.
Sin embargo, la tamaña tragedia que había planificado Antonio Orós Montes todavía no había concluido, aguardando un mayor dramatismo al ya de por sí terrible suceso. Una vez que había herido de muerte a su hermano, se dirigió a través de un camino en el que se encontraban la esposa de este, Presentación Orós y la única hija del matrimonio, Victoria, una niña de tan solo tres años de edad. Primero disparó sobre la mujer, quien falleció de un disparo en el pecho prácticamente en el acto. Posteriormente, asesinaría a la pequeña efectuándole un único disparo en la cabeza mientras jugaba en un ribazo.
Con la gran tragedia ya servida y alertados algunos vecinos de la contorna, que inmediatamente se consternarían por lo ocurrido, Antonio pretendió seguir con su sanguinaria trayectoria. Se dirigió hacia Oliván, en una de cuyas casas vivía un cuñado suyo, que presintió las intenciones de aquel hombre que le llamaba insistentemente para hablar. Tuvo suerte en negarse a salir de su domicilio, pues según relata la prensa de la época tenía la mala intención de dar muerte a toda su familia por la exigua deuda de unos cuantos reales.
Al no alcanzar su objetivo, el criminal se autolesionaría, infringiéndose una herida en un ojo, de la que tardaría casi 140 días en curar. Hay informaciones que apuntan a que Antonio Orós habría intentado suicidarse, aunque disponía de medios efectivos para hacerlo y se limitó a provocar unas pequeñas laceraciones de las que terminaría por recuperarse, pero dejaba tras de sí un reguero de sangre y muerte que marcarían a la pequeña localidad durante muchas décadas.
Tres penas de muerte
Algo más de año y medio de haber perpetrado el triple crimen que desoló y consternó a las comarcas del Alto Gállego y la Jacetania, así como a prácticamente todo el territorio aragonés, se celebraría el juicio en contra de Antonio Orós Montes, aquel individuo al que la prensa regional de su tiempo no dudó en calificar como una auténtica fiera. Con el salón de vistas a rebosar, la Audiencia Provincial de Huesca acogió entre el 22 y el 24 de marzo de 1922 las sesiones en las que se iba a condenar al triple criminal, a quien no le faltaron insultos y recriminaciones entre los asistentes.
El abogado de la acusación, así como el fiscal, calificaron los hechos como delitos dolosos, a los que se añadía que el criminal había actuado con alevosía y premeditación, por lo que no que cabía otra posibilidad que solicitar del presidente de la Sala la máxima pena que entonces contemplaba el ordenamiento jurídico vigente, que no era otra que la pena de muerte. A todo ello se añadía la muerte de una criatura menor de edad y completamente indefensa. Por contra, su defensor alegó que su patrocinado había actuado movido por unos impulsos irracionales, por lo que no cabía la aplicación de tamaña medida.
El día 24 de marzo de 1922 se haría pública la condena y Antonio Orós Montes fue sentenciado a morir en el cadalso. Las tres penas de muerte solicitadas por la fiscalía habían sido ahora corroboradas por la presidencia de la sala de lo Penal. Además, debería indemnizar a los herederos de sus víctimas con la cantidad de 15.500 pesetas en concepto de responsabilidad civil. Hay que señalar que esta cifra era toda una fortuna en aquel tiempo.
Indulto
Pendiente de los recursos de casación ante el Tribunal Supremo viviría aquel individuo que había llevado el terror hasta tierras del Alto Aragón a lo largo de todo el año 1922. Los resultados no fueron los deseados, puesto que la más alta magistratura de la nación desecharía la posibilidad de rebajar la condena a la que había sido sentenciado. Solamente le quedaba la gracia del indulto que estaba en manos del Consejo de Ministros y en última instancia del Rey, Alfonso XIII.
El monarca, de quien dependía aquella última gracia, terminaría por apiadarse de Antonio Orós y de otros cuatro crápulas más que habían corrido la misma suerte que él. Con motivo de su onomástica, o quizás como excusa, el 23 de enero de 1923 decidió conmutar la pena a la que había sentenciado por la Audiencia Provincial de Huesca, siendo substituida aquella condena por la de reclusión perpetua, aunque es más que posible que hubiese alcanzado un nuevo indulto con motivo de la proclamación de la Segunda República española, en el año 1931.
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