Tres crímenes por lindes de tierras en Lugo

Terreno rústico en la provincia de Lugo

La propiedad de la tierra ha sido uno de los asuntos más recurrentes a lo largo de la historia de Galicia, siendo uno de los que ha provocado infinidad de litigios entre distintos vecinos debidos, en parte, a la existencia de multitud de microparcelas y pequeños minifundios que ocasionaron más de un disgusto. No obstante, a pesar de la leyenda negra que ha perseguido a la sociedad rural gallega, rara vez ha llegado la sangre al río, como se suele decir en estos casos. Es más, las estadísticas reflejan que los delitos cometidos por cuestiones patrimoniales son incluso algo menores que en el resto de la geografía española, lo que viene a desmontar el tan manido mito de que en Galicia se mataba por un centímetro de terreno, tan divulgado en tiempos ya bastante lejanos por la periodista Margarita Landy.

Si algo ha caracterizado al extenso rural gallego y en concreto al de la provincia de Lugo es por ser un territorio con ausencia de incidentes, en el que nunca pasaba nada. Solamente eran noticia las cartas que venían de tierras americanas hace ya más de setenta años o la más reciente llegada de jóvenes, vestidos con pantalones de campana, al mando de coches de llamativos colores, cuyas marcas todavía eran grandes desconocidas en Galicia, procedentes de los más diversos países de Europa. Entonces si que se armaba la marimorena.

Aunque a través de estas páginas ya hemos dado cuenta de algún suceso luctuoso en relación a cuestiones patrimoniales, en este artículo agrupamos tres hechos que acontecieron en otros tantos puntos de Galicia que guardan una cierta similitud entre sí, tanto por las fechas en que se cometieron como en los territorios que fueron escenarios de esos desgraciados acontecimientos. La propiedad por un pastoreo, por el paso a través de la orilla de la tierra, comúnmente llamada combaro son algunos de los hechos que han motivado esas indeseadas tragedias que tanto daño han hecho a una sociedad que siempre se ha caracterizado por su gran tranquilidad y espíritu de paz.

Muerto por un disparo en A Pontenova

En abril de 1962 fue una época en la que se produjeron dos de esos inesperados sucesos y con apenas unas fechas de diferencia. El primero de ellos tuvo lugar en la parroquia de Folgueirúa, en el municipio lucense de A Pontenova. En aquel entonces, dos vecinos de la mencionada localidad mantuvieron una agria disputa por una cuestión de paso de unas tierras a otras con un tradicional carro del país. En aquella ocasión se enzarzaron en una gran discusión Alfredo Yáñez Cancio con su convecino Edelmiro Rodil Moirón, ambos ya entrados en años. El primero de ellos tomo una escopeta para intimidar al segundo, pero este último obvió los requirimientos que le hacía quien se convertiría en su triste verdugo. Al ver que Edelmiro persistía en su actitud de pasar por una propieda de Alfredo, este ofuscado efectuó un disparo que alcanzó en la cabeza a su rival, hiriéndole mortalmente.

Una vez cometido el crimen, Alfredo Yáñez huyó del lugar de los hechos y estuvo durante veinticuatro horas desaparecido, desconociéndose su paradero. Finalmente, conocedor de que estaba siendo buscado por la Guardia Civil de la zona, decidió entregarse ante el Juzgado de Paz del vecino municipio de Riotorto. Dadas las circunstancias en que se produjo este crimen, la justicia actuaría con benevolencia, condenando a diez años de prisión al agresor, así como a una indemnización de cincuenta mil pesetas a los herederos de la víctima.

Reyerta por pastoreo en Friol

Se da la curiosa circunstancia que el diario EL PROGRESO de Lugo informaba del anterior suceso y del siguiente en su misma edición del 11 de abril de 1962. Por circunstancias muy similares a las anteriores, dos jóvenes mantendrían una agria discusión en el municipio lucense de Friol. En esta ocasión se debía al pastoreo de ganado, que muchas veces no estaba muy delimitado debido a que se practicaba en los denominados montes en mano común, cuya legislación nunca ha estado muy clara del todo.

En la parroquia de Santalla de Madelos un rapaz de veinte años de edad Jesús Santos Souto mantuvo una fuerte discrepancia sobre donde debían pastar las ovejas de Servando Castedo Peña hasta el extremo que se enzarzaron en una terrible pelea, a raíz de la cual el primero de ellos, que contaba ya con veinte años de edad, propinó un golpe al segundo, que era un adolescente de dieciséis años, en la base del cráneo. A consecuencia de las graves inferidas que le había provado su agresor, Servando Castedo hubo de ser trasladado al antiguo Hospital de Santa María de Lugo, donde los facultativos que lo atendieron se percataron del gravísimo estado en que se hallaba. Su familia decidió entonces trasladarlo a su propio domicilio, donde terminaría falleciendo tan solo unas horas más tarde.

Tampoco en este caso la justicia se ensañaría con el agresor, pues sería condenado a una pena de ochos años al entender que se trataba de un homicidio con la atenuante de que el criminal sufrió una enajenación mental transitoria y no tuvo la intención de ocasionar la muerte a su víctima. Además, debería indemnizar a los herederos de Servando Castedo con la cantidad de 50.000 pesetas de la época.

Mata a su cuñado con una hoz en Vilalba

Al igual que en el anterior caso, aquí volvieron a presentarse cuestiones relativas al pastoreo de ganado en un monte comunal. Este suceso ocurriría en la parroquia de Belesar, perteneciente al área rural del municipio de Vilalba, también en la provincia de Lugo. Las relaciones entre Adolfo López Pardo, de 46 años de edad, y su cuñado Ángel López Iglesias se habían visto resentidas desde hacía algún tiempo por problemas del pastoreo de ganado. Nadie sospechaba en el lugar que ambos familiares pudiesen llegar hasta cauces tan extremos como a los que finalmente se llegó, causando una honda consternación entre su vecindario.

El trágico acontecimiento tendría lugar en la tarde del domingo, 14 de junio de 1970, cuando ambos hombres volvían con sus respectivas reses de ganado hasta el monte, de propiedad comunal. Ninguno de los dos cedía en sus pretensiones y llegado el momento Adolfo López esgrimió una hoz con la que le seccionaría la yugular a su cuñado, quien fallecería instantes después. La inmediata ayuda vecinal al herido no fue suficiente para poder socorrer a la víctima.

Adolfo López Pardo ingresaría poco tiempo después en la prisión provincial. En este caso la justicia fue mucho más severa que en los anteriores casos, pues sería condenado a una pena de doce años de reclusión mayor, aunque unos años más tarde, en 1975, se vería beneficiado del indulto que le concedería el Rey Juan Carlos I con motivo de su llegada al trono de España.

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Una mujer mata a la esposa de su ex novio en O Valadouro (Lugo)

Iglesia de Santa Eulalia de Freixulfe, parroquia donde ocurrieron los hechos

No era habitual que en la Galicia de los años cincuenta, y mucho menos en su extenso rural, aconteciesen sucesos similares como al que a continuación relataremos. Las férreas formas sociales, unidas a una no menos férrea moral, impedían cualquier desvío de los cánones estrictamente establecidos. Aún así, de vez en cuando se producía algún hecho que escandalizaba a aquella pacífica y tradicional comunidad, no acostumbrada a sucesos que alterasen sus históricas costumbres y normas de conducta, que rara vez eran saltadas a la torera.

Una de esas ocasiones en las que se olvidaron las ancestrales reglas de convivencia tuvo lugar el 11 de julio de 1957 en la pequeña aldea de Santalla de Frexulfe, en el municipio de Ferreira do Valadouro, situado en el extremo noroccidental de la provincia de Lugo, que vivía mucho más preocupado de las cartas que todavía llegaban de tierras americanas que en reparar sus consuetudinarias normas de convivencia. En esa pequeña parroquia, que hoy en día apenas tiene un centenar de habitantes, se produciría un trágico suceso que rompió cualquier molde de la época y que la llevó, involutariamente, al primer plano de la actualidad de aquella inamovible década de los años cincuenta del pasado siglo.

En aquel tiempo una joven de 32 años, Teresa Maseda Ferreiro, se encontraba muy despechada por la ruptura de relaciones con quien había sido su novio a lo largo de cinco años, Antonio Val Reigosa, y que en esa época la marcaba profundamente, pues era difícil que encontrase un nuevo compañero tras su larga relación, debido, como se ha indicado, a esa anquilosada moral que todo lo condenaba, incluso algo tan natural como podrían ser las relaciones de pareja. El muchacho con el que había estado saliendo había contraído recientemente matrimonio con otra joven, Amparo Hermida Folgueira, de 23 años de edad, quien a la postre se terminaría convirtiendo en la trágica víctima de Teresa Maseda.

A golpes

Presa de los celos y su iracundía, unida a ese despecho y malentendido orgullo personal quizás por sentirse humillada y hasta posiblemente desplazada de aquel férreo mundo en el que imperaba la tradición a la que nadie era ajeno y debía asumirse hasta sus últimas consecuencias, en el atardecer de aquel 11 de julio del ya lejano 1957 Teresa decidió cortar por lo sano y rebelarse contra un hecho que para ella era injusto, incapaz de asumir la libertad de decisión de las personas. Durante un breve periodo de tiempo, unos dos meses -los mismos que llevaban casados Antonio y Amparo-, decidió controlar los hábitos y costumbres de esta última, siendo habitual que fuese a por el ganado al monte en solitario casi todos los días al anochecer, tal como ocurriría en el día de autos.

En la fatídica fecha, Teresa Maseda esperó a quien se convertiría su víctima en medio de unos matojos provista de algún artilugio con el que le propinaría diversos golpes en la cabeza que terminarían por derribar a Amparo Hermida, quien se vio repentinamente sorpredida por la ex novia de quien ya era su marido. Sin poder reaccionar e inconsciente debido a los impactos sufridos en su testa, una vez que la hubo derribado -ya en el suelo-, Teresa le echó las manos al cuello aprisionándola de tal modo que le provocaría la muerte por asfixia en apenas diez minutos, según el dictamen de la autopsia. Sin testigos, la criminal huiría del lugar dejando el cuerpo exánime de su víctima en el camino del lugar de Ertremas.

Al ver que la joven no regresaba a su domicilio, sus familiares acudieron en su busca, encontrándose el tétrico panorama. Inmediatamente se puso el trágico en suceso en conocimiento de la Guardia Civil de la zona, quienes sospecharon desde un primer instante de Teresa Maseda, conocedores de su temperamento. En el cuartel declararía que su víctima le había provocado, aunque finalmente terminaría reconociendo los hechos, ingresando de forma inmediata en la antigua prisión provincial de Lugo.

Condena e indulto

El suceso terminaría provocando las lógicas reacciones de consternación en un término municipal y en una comarca como la de O Val do Ouro en el que se conocen prácticamente todos. El juicio contra Teresa Maseda Ferreiro, celebrado a finales del año 1957, levantaría una gran expectación, debido a las circuntancias en las que se había producido el crimen, que despertaba un insano morbo en una sociedad cuyos moldes parecían irresquebrajables.

A diferencia de otros casos, en este suceso jamás se planteó la posibilidad de que la acusada fuese sentenciada a pena de muerte. El fiscal encargado del mismo solicitó para la asesina 30 años de cárcel, así como la indemnización con cien mil pesetas de la época para los familiares de Amparo Hermida. Finalmente, la condena se vería reducida a la pena de 22 de prisión y a satisfacer la cantidad anteriormente indicada a los herederos de la joven que había asesinado.

En contra de lo que se ha dicho y repetido muchas veces hasta la saciedad, las penas privativas de libertad durante el franquismo solían ser mucho más benévolas que en la actualidad, pues los autores de homicidios y asesinatos no solían pasar grandes temporadas entre los muros de las prisiones, tal y como acontecería en este caso. Teresa Maseda Ferreiro obtendría la libertad condicional merced a un acuerdo adoptado por el Ministerio de Justicia, con fecha del 23 de octubre de 1963 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 24 de enero de 1964. En este caso, la autora del crimen, que cumplió su pena en la prisión de mujeres de Alcalá de Henares, apenas estuvo poco más de seis años en la cárcel. Muy poco tiempo para semejante barbaridad.

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Asesina a una mujer de un disparo de escopeta en Viveiro (Lugo)

Masa forestal en un bosque de Galicia

En la segunda mitad de la década de los cincuenta se comenzaba a salir de los efectos de la Guerra Civil española, aunque de una manera muy lenta y tibia. El campo era el principal sustento de los gallegos de entonces y la riqueza forestal era poco menos que un tesoro. Gracias a ella se iba ganando algo de dinero, aunque para ello hubiese que sacrificar un patrimonio ecológico de centenares de años.

En ese contexto, como en otros muchos, surgía algunas veces la avaricia de terceros que pretendían enriquecerse a costa de otros con el menor sacrificio posible, tal como sucedería en la costa lucense en el año 1956. En aquel entonces, un joven empresario maderero de Viveiro Francisco Camba, que contaba con 33 años de edad, deseaba aprovecherse de los espléndidos matorrales de los que disponía en el área de Candorcas, Gertrudis Rivas Fernández, una mujer soltera que tenía un importante acervo forestal.

Dado que la mujer carecía de herederos directos, el empresario concibió la idea de buscar algún ardid legal para hacerse con el patrimonio forestal de Gertrudis, mediante un documento simulado en el que constase que había satisfecho a la propietaria la cantidad de 35.000 pesetas por los árboles que ella poseía. Con esa simulación de venta quería demostrar a los herederos de quien se convertiría en su víctima que él era el verdadero propietario de la riqueza forestal de la mujer, en caso de que esta falleciese.

Las relaciones entre Francisco y su víctima eran teóricamente muy buenas y se remontaban a algunos años atrás, pues esta última le había dejado quince mil pesetas, de las que tan solo le había devuelto algo más de la mitad. Además, el maderista ya había sido condenado a seis meses y un día de cárcel por un hurto en el año 1940, tal y como constaba en sus antecedentes penales.

Rumor

El apaño que pretendía Francisco Camba se vería frustado por un rumor que comenzó a tomar fuerza en aquel entonces, que no era otro que Gertrudis Rivas estaba dispuesta a vender sus propiedades, yéndose al traste su treta. Es ahí cuando el individuo en cuestión planea eliminarla físicamente por lo que decide comprar una escopeta de cartuchos del calibre 16 para cometer un crimen que conmocionaría a la ciudad de Viveiro en la década de los años cincuenta.

La mujer que se convertiría en su víctima se hospedaba en la casa de Cándida Díaz Rubal, en el lugar de Morgade, en la parroquia de Boimente, en Viveiro. El empresario maderero conocía todos los detalles acerca de la vida de Gertrudis, ya que incluso sabía cuál era la habitación en la que dormía. De hecho, rompería hasta en dos ocasiones uno de los cristales de la ventana para introducir el cañón de la escopeta que había adquirido. En la tercera, los dueños del local decidieron instalar un trapo para evitar que entrase el aire, que no sería obstáculo suficiente para que Francisco llevase a cabo su más que macabro objetivo.

Un solo disparo

A las once de la noche del día 23 de mayo de 1956, Francisco Camba se encaminó hacia la hospedería donde residía Gertrudis Rivas Fernández. Iba completamente decidido a conseguir su objetivo, puesto que ni siquiera se privaría de que le viesen los testigos que en aquel momento se hallaban en la casa de Cándida Díaz Rubal. A través de aquel hueco que había provocado el mismo y deshaciéndose del trapo que lo cubría, introdujo la escopeta y de un solo disparo certeró fulminó a la mujer, acertándole plenamente en el parietal derecho y provocando el destrozo de su cabeza. El suceso sería presenciada por la dueña del establecimiento, su hija y un obrero, llamado Óscar Rubal López, que hacía diversas labores en casa de Cándida Díaz.

A pesar de que huyó del lugar de autos, el criminal no tendría escapatoria debido a la existencia de testigos que lo delataban. A las pocas horas sería detenido en su domicilio por fuerzas de la Guardia Civil, ingresando días después en la prisión provincial de Lugo, una vez hubo presentado la declaración ante el juez.

30 años de cárcel

En julio del año 1957, en medio de una gran expectación se celebraría el juicio en la Audiencia Provincial de Lugo contra Francisco Camba, quien se reconocería autor de los hechos que se le imputaban. En un principio, y así lo sostendría hasta sus conclusiones finales, el fiscal solicitaría la pena de muerte para el empresario maderero al entender que el hecho constituía un delito de asesinato, mientras su abogado defensor solicitaba la libre absolución al considerar que su patrocinado había actuado bajo un brote de enajenación mental, que había alterado sus capacidades mentales.

Aunque la sombra de la pena capital planearía durante todo el transcurso de la vista, finalmente Francisco Camba se vería favorecido por la clemencia del tribunal y en vez de perder la nunca en el garrote vil sería condenado a la pena de treinta años de cárcel y a la indemnización con cien mil pesetas de la época a los familiares de Gertrudis Rivas Fernández.

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Dos personas asesinadas en la tragedia de Lalín

Incendio de la vivienda en la que ocurrió la tragedia

En el año 2010 una gran crisis económica sacudía todos los cimientos de España, derivada del estallido de la burbuja inmobiliaria que se había ido inflando excesivamente a lo largo de más de una década. Los concursos de acreedores y los despidos estaban a la orden del día. Nadie parecía encontrarse a salvo en un barco que parecía navegar a la deriva. Entre los muchos que se verían afectados por el reventón del globo que se había generado en torno al mundo del ladrillo se encontraba una pareja gallega formada por José Mouriño y Carmen Reboredo Lalín, quienes terminarían por erigirse en los tristes protagonistas de un suceso que conmocionaría a Galicia en la mañana del 29 de noviembre de 2010.

Se han barajado todo tipo de hipótesis, así como las causas que les llevaron a perpetrar semejante barbaridad, aunque la que más cuerpo ha tomado siempre ha sido la relacionada con las muchas deudas que se supone que acuciaban al matrimonio. Algunas informaciones llegaron a hablar de que rondaban los tres millones de euros y que su patrimonio se encontraba en trance de ser embargado. Nunca se supo muy bien quien o quienes indujeron a José Mouriño a introducirse en el negocio inmobiliario, hasta el extremo de llegar a presidir una empresa inmobiliaria, siendo una persona totalmente ajena a ese mundillo. Siempre había trabajado en la ganadería y quizás llevado por el afán de un lucro fácil y rápido, algo que no ocurre en el campo, fue víctima de algún desaprensivo que le indujo a una tragedia familiar que ha marcado profundamente a lo largo de la última década a la pequeña parroquia lalinense de Barcia.

Los hechos, realizados con total premeditación, se iniciaron a las cinco y media de la madrugada, cuando todos dormían en aquella vivienda acostumbrada a que hubiese luz antes del albor del día. A esa hora, José y Carmen aprovecharon la oscuridad de la madrugada y el mayor sigilo posible para dar muerte a la hija de ambos, Sonia Mouriño Reboredo, una joven de 22 años, a quien su madre le propinó un brutal hachazo en la cabeza, con el que terminaría con su vida prácticamente de forma instantánea. La tragedia no había hecho más que comenzar.

Incendio

Al parecer, según investigaciones realizadas posteriormente, el matrimonio tenía como objetivo acabar con la vida de todas las personas que residían en la casa, un total de cinco, además de con la suya propia. Para ello urdieron un macabro plan consistente en incendiar las principales estancias de la casa. En principio colocaron una bombona de butano en la habitación de Amador Vázquez Quinteiro, un hombre de 85 años que era criado del lugar desde tiempos inmemoriales. Para ello utilizaron los restos de espigas de maíz con la finalidad de que el fuego se extendiese al resto del inmueble en el que también se hallaban un hermano de Amador, la madre de Carmen Reboredo, y un hermano de esta última, quien sufría síndrome de Down.

Sin embargo, sus planes no les dieron el resultado que ellos buscaban ya que solamente perdería la vida Amador Vázquez Quinteiro, debido a que sufría graves problemas de movilidad y no pudo escapar de las llamas. A diferencia suya, si conseguirían salir sanos y salvos los restantes miembros de la familia, quienes desconocían lo que había sucedido y de la manera en como se había desarrollado aquella desoladora tragedia con la que se despertaban los gallegos en una otoñal mañana de noviembre.

Fosa séptica

Al tener conocimiento del incendio que había asolado la vivienda del lugar de Outeiro, se desplazarían hasta el lugar unidades de bomberos y de la guardia civil para socorrer a la familia afectada. Nadie sabía lo que había ocurrido hasta que encontraron el cadáver de la joven Sonia brutalmente asesinada. A raíz del fuego, acudirían también los vecinos de las inmediaciones en su auxilio. En un principio, se pensó en un asalto o incluso un ajuste de cuentas, dadas las elevadas deudas que había contraído José Mouriño en su gestión inmobiliaria. Pese a todo, muy pronto se iría recomponiendo aquel enrevesado rompecabezas. Faltaba por aparecer el matrimonio que se encargaba de la explotación ganadera y no aparecía por ningún sitio, siendo ellos la principal clave que ayudaría a esclarecer el trágico acontecimiento.

Alrededor de las dos y media de la tarde eran encontrados en el interior de una fosa séptica, utilizada para almacenar los excrementos y residuos del ganado para emplearlos posteriormente como abono. Allí se encontraban Carmen y José, completamente cubiertos de purín, presentando síntomas de intoxicación al inhalar el fétido aroma que desprenden los excrementos del ganado. El hombre les preguntó si ya habían muerto todos. El se encontraba temblando y disgustado, mientras que ella aparentaba cierta serenidad.

Algunas fuentes indican a que en ese preciso instante, Carmen Reboredo se inculpó de la muerte de su hija, en tanto que otras afirmaban que había sido su marido quien declaró ante los agentes que había sido su esposa la autora material del crimen que le había costado la vida a su pequeña. Posteriormente, serían trasladados al hospital Montecelo de Pontevedra para someterlos a un proceso de lavado de estómago y posterior desintoxicación, así como para proceder al pertinente reconocimiento médico. Al parecer la pareja habría planificado su suicidio con la ingestión masiva de gases tóxicos procedentes de la fosa séptica en la que se habían ocultado, pero sin conseguir su objetivo.

Nadie en la parroquia de Barcia era capaz de explicar tan desgraciado suceso, ya que tampoco se podían ni siquiera imaginar que pudo pasar por la mente de aquel matrimonio para perpetrar semejante atrocidad. Todo el vecindario los consideraba una extraordinarias personas, honradas y trabajadoras. Se decía que a Carmen se la veía muy poco últimamente y cada vez que se encontraba con algún conocido le hablaba de los «muchos millones» que pensaba ganar su marido con el negocio inmobiliario. A ella se la consideraba una mujer introvertida, dedicada en cuerpo y alma a trabajar en la explotación ganadera que había heredado de sus padres.

En el año 2020 sería derruida la vivienda en que se había producido la tragedia, siendo ya el último icono que quedaba en pie de la misma. En la casa ya no vivía nadie y su deterioro se había hecho patente, además de quedar profundamente estigmatizada al igual que sucede con todos aquellos lugares en los que se ha producido un hecho deplorable.

58 años de cárcel

Más de tres años después de la gran tragedia que consternó a Galicia se celebraría en la Audiencia Provincial de Pontevedra el juicio por el suceso. Carmen Reboredo y José Mouriño serían condenados cada uno a una pena de 58 años de prisión, si bien es cierto que el Tribunal Supremo emitiría un auto en el año 2017 dando cuenta de que el máximo período que debían permanecer en la cárcel era de 25 años.

Según el escrito de la acusación presentado por la fiscalía, la intención del matrimonio era acabar con la vida de todos los miembros de la vivienda, descartando la posibilidad incluso de que la mujer sufriese algún tipo de alteración mental o psíquica, derivada en este caso del estrés que le podía ocasionar el hecho de cuidar a una persona como el criado, con graves problemas de movilidad. También incidía en la responsabilidad del marido de Carmen, pese a la autoinculpación de esta última, a quien consideraba una persona muy influenciable.

En el interín que va desde que se produce el crimen, noviembre del año 2010, hasta que se celebra el juicio, finales de 2013, la pareja había disfrutado de un período de libertad condicional por concluir el tiempo máximo de prisión provisional. En el mismo habían estado residiendo en casa de un familiar. Mientras, las otras dos personas que sobrevivieron al incendio ya habían fallecido en una residencia de la tercera edad emplazada en Lugo.

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