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Envenena a su ex-socio con estricnina – Historia de la Crónica Negra

Envenena a su ex-socio con estricnina

José Luis Lamelas utilizó estricnina para terminar con la vida de su antiguo socio

Hace ya muchos años era muy común el uso de la estricnina, un potente y tóxico veneno, para deshacerse de las alimañas. De la misma forma, también era usado por agricultores y ganaderos como veneno para los topos y las ratas que anidaban en prados y veigas, al igual que serían sus víctimas muchos inocentes pájaros que se acercaban a esos lugares con la intención de hacerse con alguna de las presas que dejaba tan letal veneno. La Unión Europea terminaría por prohibirlo a partir del año 2006. Sin embargo, sigue siendo posible acceder al mismo en el mercado negro, además de haber también quien guarde algunas partidas en su casa de otro tiempo que para nada fue mejor, al menos en lo que se refiere a cuidados de los efectos de los tóxicos que amenazan a la población.

En la jornada del 24 de noviembre de 2009 Felisindo González Santiago, un veterano agricultor de 64 años que vivía en la parroquia de Castro de Escuadro perteneciente al municipio orensano de Maceda, se encontró en la puerta de la finca de su propiedad con un inesperado y macabro regalo. El mismo contenía una botella, que aparentaba ser de vino tinto, unas mandarinas, una cerveza y dos latas de bonito. Sin pensárselo dos veces, el confiado ganadero los introdujo en su vivienda y optó por degustar el caldo con el que lo habían obsequiado a la hora de comer, ignorando que contenía un letal veneno que, en escasamente media hora, terminaría con su vida.

La muerte de Felisindo González cogió, como era natural, por sorpresa a la totalidad de su vecindario, pues no se encontraba enfermo ni tampoco padecía dolencia alguna que les hiciese presagiar un fatal desenlace en tan breve lapso de tiempo. A partir de ahí, dadas las circunstancias de su inesperado óbito, unido todo ello a la declaración que había efectuado su esposa ante los agentes de la guardia civil dándoles cuenta de que el líquido que había ingerido su marido era algo similar a el agua que dejan las castañas que dejan las castañas después de ser cocidas. Si hubiese hecho al consejo de su esposa, tal vez no hubiese corrido un destino tan triste y desgraciado.

Detenido casi un año después

La misteriosa muerte de Felisindo González, cuya autopsia revelaba que había fallecido por envenenamiento provocado por la ingestión de un potente y letal tóxico, como era la estricnina, hizo que los investigadores pusiesen su punto de mira en un vecino de la víctima, José Luis Lamelas Álvarez, con quien mantenía muy malas relaciones que se remontaban a la década de los noventa, época en la que ambos habían sido socios en una explotación agropecuaria, llegando a convivir las familias de ambos copartícipes bajo el mismo techo. De las declaraciones que efectuaron los testigos, todos ellos conocidos de Felisindo y José Luis, se llegaría a la conclusión que la enemistad existente era manifiesta y no cabía lugar a ambage de ningún tipo.

El autor de la muerte del confiado ganadero sería detenido casi un año después de haberse producido el crimen, concretamente el 4 de octubre de 2010. En su declaración ante los agentes de la Benemérita se autoinculparía del asesinato, aunque el Tribunal Supremo rechazaría esta primera prueba, así como el primer juicio que se celebró en su contra, en el año 2012, por considerar que esta pericial inculpatoria había sido obtenida sin las garantías procesales debidas. A raíz de ello, José Luis Álvarez Lamelas sería puesto de nuevo en libertad hasta la celebración de un segundo juicio, que arrancaría en el mes de mayo del año 2013.

En el transcurso del juicio que se celebró en su contra, tras la anulación del primero, el acusado argumentó que el veneno letal que había depositado en la botella con la finalidad de acabar con la vida de su ex-socio, no iba destinado a matar a Felisindo González, sino que iba destinado para deshacerse de un jabalí que supuestamente acechaba su hacienda. Sin embargo, tal pretexto fue rechazado desde un principio tanto por la fiscalía como por los miembros del Jurado que no se creyeron en ningún momento la versión ofrecida por José Luis Álvarez.

La existencia de pruebas muy contundentes contra el acusado no hacían más que redundar en su contra, tal y como lo dejaba patente el fiscal en su escrito de acusación en el cual aseveraba que «asesinó de forma cruel y maquinó una estrategia para que no pudiesen acusarle». Su defensa adujo, a su vez, el trastorno paranoide de la personalidad que sufría José Luis Álvarez, así como algunos problemas de memoria derivados de un tratamiento contra el cáncer que le había sido diagnosticado unos años antes de cometer el crimen. Se añadía también que la víctima había fallecido en medio de impresionantes dolores espumantes que en cuestión de minutos acabarían con su vida.

Por otra parte, en las indagaciones que se hicieron en la vivienda del asesino se encontraron diversos materiales que se guardaban en pequeños recipientes, alguno de los cuales estaba rotulado a mano con el letal tóxico que terminaría con la vida de la vida de Felisindo González Santiago. A todo ello se añadía el misterioso hecho de como pudo haber disuelto la estricnina en vino, ya que es un producto sólido de difícil solubilidad en líquidos.

17 años de cárcel

Al igual que había sucedido en el juicio que había sido invalidado por el Tribunal Supremo, el segundo tribunal que se encargó de enjuiciar el caso halló culpable a José Luis Álvarez Lamelas por ocho votos contra uno. De la misma forma, descartó que se tratase de un homicidio imprudente, tal y como alegaba su defensa, quien además solicitaba de la magistratura que se le impusiese una pena mínima a su defendido, aludiendo al estado de salud y también a su edad.

Sin embargo, la suerte de José Luis Álvarez esta vez no estaría de cara, al igual que lo había estado en su primer envite judicial, el cual había sido anulado por el Tribunal Supremo. La Audiencia Provincial de Ourense lo condenaría a 17 años de prisión. Además la pena lo llevaba mucho más allá de las rejas de la cárcel, ya que se le añadía una orden de alejamiento durante los diez años siguientes a su salida de los muros de la prisión. De la misma forma, debía indemnizar con 137.000 euros a la viuda e hijos de la víctima,

La condena sería ratificada por el Tribunal Supremo en auto emitido el 30 de abril de 2014, al rechazar un recurso de casación interpuesto por la defensa de José Luis Álvarez, en el que alegaba una supuesta falta de motivación y pruebas en el transcurso del juicio que se había seguido contra su defendido.

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Acerca de

Soy Antonio Cendán Fraga, periodista profesional desde hace ya tres décadas. He trabajado en las distintas parcelas de los más diversos medios de comunicación, entre ellas el mundo de los sucesos, un área que con el tiempo me ha resultado muy atractiva. De un tiempo a esta parte me estoy dedicando examinar aquellos sucesos más impactantes y que han dejado una profunda huella en nuestra historia reciente.

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